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Legislación Alimentaria

en Pavimentos de Hormigón

Una de las preguntas más relevantes en la Industria Alimentaria es, ¿Qué tipo de pavimento es el adecuado para mi industria según Sanidad?. Para responder a esa pregunta nos tenemos que apoyar en el Código Alimentario Español y cumplir con la legislación vigente:
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REAL DECRETO Referencia: 1983/05543
2.1 Los locales de elaboración o almacenamiento y sus anejos, en todo caso, deberán ser adecuados para el uso a que se destinen, con accesos fáciles y amplios, situados a conveniente distancia de cualquier causa de suciedad, contaminación o insalubridad y separados rigurosamente de viviendas o locales donde pernocte o haga sus comidas cualquier clase de personal.

2.2 En su construcción o reparación se emplearan materiales idóneos y, en ningún caso, susceptibles de originar intoxicaciones o contaminaciones.

Los pavimentos serán impermeables, resistentes, lavables e ignifugos dotandoles de los sistemas de desagüe precisos.

Las paredes y los techos se construirán con materiales que permitan su conservación en perfectas condiciones de limpieza, blanqueado o pintura.

El Código Alimentario Español es común para todas las industrias alimentarias, pero también existen unas reglamentaciones técnico-sanitarias específicas para cada sector, por ejemplo os adjunto la de Industrias Panificadoras.

LA REGLAMENTACIÓN TÉCNICO-SANITARIA DE PAN Y PANES ESPECIALES:

Los pavimentos de los obradores serán lisos, duros y resistentes al roce, impermeables, incombustibles y de fácil limpieza y podrán ser continuos o de piezas perfectamente unidas, no admitiéndose como pavimento definitivo la chapa de cemento «portland».

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