Una de las preguntas más relevantes en la Industria Alimentaria es, ¿Qué tipo de pavimento es el adecuado para mi industria según Sanidad?. Para responder a esa pregunta nos tenemos que apoyar en el Código Alimentario Español y cumplir con la legislación vigente:
REAL DECRETO Referencia: 1983/05543
2.1 Los locales de elaboración o almacenamiento y sus anejos, en todo caso, deberán ser adecuados para el uso a que se destinen, con accesos fáciles y amplios, situados a conveniente distancia de cualquier causa de suciedad, contaminación o insalubridad y separados rigurosamente de viviendas o locales donde pernocte o haga sus comidas cualquier clase de personal.
2.2 En su construcción o reparación se emplearan materiales idóneos y, en ningún caso, susceptibles de originar intoxicaciones o contaminaciones.
Los pavimentos serán impermeables, resistentes, lavables e ignifugos dotandoles de los sistemas de desagüe precisos.
Las paredes y los techos se construirán con materiales que permitan su conservación en perfectas condiciones de limpieza, blanqueado o pintura.
El Código Alimentario Español es común para todas las industrias alimentarias, pero también existen unas reglamentaciones técnico-sanitarias específicas para cada sector, por ejemplo os adjunto la de Industrias Panificadoras.
LA REGLAMENTACIÓN TÉCNICO-SANITARIA DE PAN Y PANES ESPECIALES:
Los pavimentos de los obradores serán lisos, duros y resistentes al roce, impermeables, incombustibles y de fácil limpieza y podrán ser continuos o de piezas perfectamente unidas, no admitiéndose como pavimento definitivo la chapa de cemento «portland».